Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros

14996471 - ¿Es obligatoria la adhesión al sistema "Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros" ("Sistema CUSE")?
Fecha de publicación: 18/01/2012

La adhesión a dicho sistema tendrá carácter voluntario.

  • Fuente: Art. 1 RG 3253/12
14998813 - ¿Qué se entiende por "Prestador CUSE"?
Fecha de publicación: 19/10/2017

Se entenderá por "Prestador CUSE" a aquellos Prestadores de Servicios Postales PSP/Couriers registrados en este Organismo que reúnan los requisitos establecidos por la RG 3253/12.

  • Fuente: Art. 2 RG 3253/12
15001155 - El "Prestador CUSE", ¿podrá efectuar la solicitud de importación o de exportación para consumo en forma simplificada?
Fecha de publicación: 04/04/2019

Los sujetos registrados como "Prestador CUSE" se encuentran habilitados a efectuar operaciones de importación y exportación de mercaderías para consumo en forma simplificada, en las condiciones enumeradas en el ID 15010523.

La implementación de este sistema no implica eximir, a dichos sujetos, de la responsabilidad de cumplir con los deberes a su cargo establecidos por el ordenamiento aduanero.

  • Fuente: Art. 3 RG 3253/12
15003497 - ¿Cómo se deberá efectuar la solicitud de importación o de exportación para consumo en forma simplificada?
Fecha de publicación: 18/01/2012

El "Prestador CUSE" efectuará la solicitud de importación o de exportación para consumo en forma simplificada, conforme a la Resolución Nº 2436 (ANA) y a la RG 2021/06.

El monto máximo del valor FOB de las mercaderías a exportarse o importarse por este sistema será determinado por esta Administración Federal, atendiendo a razones de oportunidad, mérito o conveniencia, con carácter general para todos los operadores que adhieran al presente régimen.

  • Fuente: Art. 4 RG 3253/12
15005839 - ¿Cómo se deberá formalizar las solicitudes de destinación?
Fecha de publicación: 18/01/2012

El "Prestador CUSE" deberá formalizar las solicitudes de destinación mediante transferencia electrónica de datos vía Internet y efectuará la impresión de los datos trasmitidos en el formulario F.3003 "Solicitud de Destinación Simplificada PSP/Courier" - (SD PSP).

  • Fuente: Art. 4 RG 3253/12
15010523 - ¿Qué condiciones deberán reunir los prestadores?
Fecha de publicación: 24/08/2017

Los prestadores que deseen inscribirse y actuar bajo el "Sistema CUSE", deberán reunir las siguientes condiciones:

-Estar inscripto y habilitado en el Registro Especial Aduanero como Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers.

- Poseer un patrimonio neto igual o superior a $3.000.000, según los datos consignados en la última declaración jurada del impuesto a las ganancias.

-Garantía adicional: importe mínimo de U$S 2.000.000. Su monto será adecuado en orden a la operatoria anual. (*1)

-No registrar al momento de la presentación de la solicitud de adhesión deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

-Acreditar antigüedad en la actividad superior a 10años. (*2)

-Contar con depósitos habilitados para la consolidación o desconsolidación de la mercadería, las cuales deberán poseer:

a) Cámaras de seguridad conectadas al Centro único de monitoreo aduanero (CUMA). (*2)

b) Un sistema de seguridad electrónica de ingreso y egreso al sector, que opere sobre los datos biométricos de las personas autorizadas. (*2)

c) Un sistema de inspección no intrusivo por imágenes y de detección de narcóticos y explosivos para el control de la totalidad de las mercaderías, con guarda de las imágenes. (*2)

d) Balanza fiscal debidamente habilitada. (*2)

-Aprobación de habilitación como Prestador de servicios postales PSP/Couriers seguros (Prestador CUSE). (*2)

Aclaraciones:

(*1) La evaluación estará a cargo de la DGA

(*2) Requisito a habilitar por la DGA.


  • Fuente: Art. 5 RG 3253/12
15012865 - ¿Se deberán constituir garantías adicionales?
Fecha de publicación: 03/06/2016

El "Prestador CUSE" deberá constituir una garantía adicional por una suma equivalente al 20% del total de los tributos aduaneros ingresados en el año calendario inmediato anterior a la presentación de la solicitud a la adhesión al "Sistema CUSE", no pudiendo ser esta garantía inferior a U$S 2.000.000. Su monto será adecuado en orden a la operatoria anual.

A los fines de la constitución, ampliación, modificación, sustitución o extinción de la garantía, deberán observarse -en cuanto corresponda- el procedimiento y requisitos establecidos en la RG 3885/16.


  • Fuente: Art. 6 RG 3253/12
15015207 - ¿Cuáles son las condiciones que deberá cumplir la seguridad en los predios del "Prestador CUSE"?
Fecha de publicación: 18/01/2012

La seguridad en los predios del "Prestador CUSE" deberá cumplir con las siguientes pautas y condiciones:

a) La consolidación o desconsolidación de los envíos deberá efectuarse dentro de los depósitos fiscales habilitados.

b) Contar con sectores habilitados especialmente para esta operatoria, con cámaras de seguridad conectadas al Centro Único de Monitoreo Aduanero ("CUMA").

c) Tener un sistema de seguridad electrónica de ingreso y egreso al sector, que opere sobre los datos biométricos de las personas autorizadas.

d) Poseer un sistema de inspección no intrusivo por imágenes y de detección de narcóticos y explosivos para el control de la totalidad las mercaderías, tanto de importación como de exportación, con guarda de las imágenes por el período informado en las exigencias básicas a publicarse el sitio Web de este Organismo (http://www.afip.gob.ar).

e) Tener balanza fiscal debidamente habilitada.

  • Fuente: Art. 7 RG 3253/12
15036285 - ¿Qué comprobantes deben emitir los Prestadores de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros para respaldar las operaciones?
Fecha de publicación: 19/01/2013

Los Prestadores de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros, habilitados por este Organismo e inscriptos en los "Registros Especiales Aduaneros", deberán emitir comprobantes electrónicos originales, en los términos de la RG 2485/08, quedando sin efecto la exclusión indicada en el artículo 4º, inciso d) de la citada Resolución General.

Asimismo, cabe aclarar que se deberá cumplir lo dispuesto en el punto 12 del Apartado B del Anexo IV de la RG 1415/03.

Para mayor información ingrese aquí.

  • Fuente: Art. 8 RG 3253/12
15017549 - ¿Qué sanciones corresponden aplicar ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas para operar bajo el "Sistema CUSE"?
Fecha de publicación: 19/01/2012

Cuando se constate el incumplimiento de las obligaciones establecidas para operar bajo el "Sistema CUSE", el prestador será pasible de las sanciones que correspondan. Ello sin perjuicio, de la suspensión o inhabilitación para continuar operando bajo el mencionado sistema.

  • Fuente: Art. 9 RG 3253/12
15019891 - ¿Cuál será la evaluación que realizará esta Administración Federal a fin de autorizar la inclusión en el "Sistema CUSE"?
Fecha de publicación: 19/01/2012

La Administración Federal evaluará los antecedentes de los prestadores y el cumplimiento de las demás previsiones establecidas en la RG 3253/12, a fin de autorizar la inclusión en el "Sistema CUSE".

  • Fuente: Art. 11 RG 3253/12